Contrato de Trabajo

Feb, 15, 2010   Posted in Documentación, Evolucion Profesional

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 Contrato de Trabajo evolucion profesional documentacion

En el mercado laboral, una de las herramientas que mayor utilidad tiene es la del contrato, utilizado por una parte que contrata y el contratado. Este documento resume las condiciones que, tanto el empleado como el empleador se comprometen a cumplir.

De esta manera podemos resumir que el contrato es el acuerdo entre ambas partes donde quedan detalladas las condiciones en las que el empleado se responsabiliza a realizar el empleo bajo las directivas del empresario a cambio de una remuneración previamente acordada.

Hay distintos tipos de contrato, los mismos pueden  elaborarse por tiempo indefinido o por una duración determinada, como por ejemplo período a prueba. En el lapso de este tiempo, la empresa y el trabajador podrán resolver el contrato sin alegar causa, preaviso ni obliga al empresario a indemnizar al empleado.

En el contrato se detallará entre otras cosas la remuneración y las horas de trabajo a realizar, claro que los empresarios se verán en la obligación de entregar una copia a los empleados y quedarse ellos con el original.

Podrán firmar contrato aquellas personas que:

•          Tengan la mayoría de edad, mayor de 18 años.

•          Menores de 18 años legalmente emancipados.

•          Mayores de 16 y menores de 18 si cuentan con autorización de sus padres o persona a cargo.

•          Extranjeros que se rijan acorde a la legislación que les sea aplicable.

En el contrato no deben faltar datos tales como:

•          Clara identidad de ambas partes (empleado y empleador).

•          Fecha de comienzo de relación laboral.

•          Duración previsible de la relación laboral, en caso que sea un contrato temporal.

•          Domicilio social de la empresa.

•          Categoría o grupo profesional en que se encuadre el trabajador.

•          Retribuciones.

•          Duración de la jornada laboral.

•          Distribución de la jornada laboral.

•          Duración del período vacacional.

•          Convenio colectivo que regula la actividad de la empresa.

•          Plazos de preaviso que deberán respetar empleado y trabajador en el supuesto de extinción del contrato.

Por último, y no por eso es un dato menor, el contrato NO tendrá validez aunque se enumeren los requisitos recién nombrados si se ha celebrado con falta de consentimiento de alguna de las partes.

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